¿Eres autónomo? ¿De forma permanente dudas sobre lo que te puedes deducir o no de tu actividad? ¿Puede que esto te complique tus finanzas? Y ¿eres de las personas que realizan su actividad profesional en casa?
Pues respira hondo que tengo una buena noticia.
¡Le hemos ganado la partida a la Agencia Tributaria!
De una vez por todas nos han aclarado si los que comparten vivienda y actividad en un mismo piso pueden deducir o no ciertos gastos y la forma de calcularlo.
Han sido los Tribunales quienes una vez más, el 10 de septiembre de 2015, han adoptado un criterio claro para todos, por tanto, si tienes algún problema con los inspectores de la Agencia Tributaria, plántales cara y ayúdales a que apliquen bien las normas.
Es una realidad: la mayoría de autónomos trabajan desde su domicilio. Es decir, la sede de su actividad está en el domicilio familiar y durante un largo tiempo han surgido grandes dudas de las deducciones posibles.
Y te preguntarás: ¿Cómo es que sale hoy esta mujer con esa noticia?
Muy sencillo. Todavía me estoy encontrando con alguna que otra situación en la que un autónomo me comenta que trabaja en su casa y que le han dicho que no puede deducirse ningún gasto. Sé que es un tema que ha provocado mucha polémica e interpretaciones distintas, empezando por el inspector que tengas delante.
¿Trabajas desde casa?
Pues si es tu caso, ten muy presente lo que te voy a contar ahora. Tendrás toda la información para que puedas llevar a cabo la deducción de tus gastos según se ha dictaminado en los tribunales. Ahorrarás dinero y, lo que es más vital, podrás tener tranquilidad.
Una vez que ya hay un criterio claro por parte de Hacienda, las pautas son las siguientes:
Tenemos 2 opciones de gastos que puedes deducir.
1.Los gastos relacionados con el inmueble del que puedes ser propietario o inquilino.
En ambas situaciones, los gastos que pagues tú, ya sean IBI , comunidad de propietarios, etc. te los podrás deducir en proporción a la parte de la vivienda que uses para la actividad.
Por ejemplo: si tienes un despacho de 10 metros cuadrados, habrá que hacer un cálculo del gasto que pagas prorrateado teniendo presente los metros cuadros de tu lugar de trabajo.
2. Los gastos correspondientes a suministros
Aquí viene la otra opción, que vas a ver que tiene sus matices…
Empiezo por contarte que en este punto no se aplica el mismo criterio, por lo que ahora pon tu atención. Es importante que tengas en cuenta cómo gestionar el gasto de los suministros.
Solo se acepta la deducción de los gastos que se consideran suministros: agua, luz, gas, calefacción, teléfono, etc.; siempre y cuando se destinen exclusivamente al ejercicio de la actividad.
Esto te lleva a tener que demostrar la actividad del uso de un suministro en relación con tu actividad profesional.
Por ejemplo, en el caso del uso del teléfono:
- Anotar qué llamadas han sido realizadas a clientes en concreto y cuáles con fines particulares.
- Controlar y acreditar esos datos con tus recibos de teléfono.
Ufff… ¿Te imaginas?
Pues así tendrías que hacer para deducir en tu actividad profesional el uso de cada uno de los suministros de tu hogar/oficina.
Ahora que estoy escribiendo este post me han surgido unas cuantas dudas que no he visto que hayan resuelto en este dictamen. Estas dudas son:
- ¿Qué pasa con el derecho a la intimidad cuando mezclamos vivienda y trabajo?
- ¿Y la Ley de Protección de Datos en relación a ese concretar a quien corresponde esa llamada?
- ¿Y el resto de suministros?
- ¿Cómo lo vamos a poder justificar?
Lo que sí que puedo comentarte es que si vas a deducir alguno de los suministros de tu hogar, que a la vez utilices en tu actividad profesional, deberás cuantificar los costes de cada suministro en relación al tiempo que estás trabajando y al coste de los consumos habituales de tu domicilio.
Como la conciliación de la vida laboral y familiar, pero enfocado en tiempo y costes de suministros.
Le tendremos que pedir a mi amiga Laura Echevarrieta, especializada en organización y planificación, que nos dé alguna herramienta que nos facilite este control”.
Te voy a dar algunos ejemplos:
- Cuando llegue el invierno y enciendas la calefacción, tendrás que controlar el rato que ha estado un cliente en el “despacho” y cuantificar coste minuto del servicio y pasarlo a la contabilidad del trimestre.
- Cuando llegue el verano, tendrás que utilizar el mismo procedimiento con el aire acondicionado.
- Y como el cliente te pida un café, ¡vaya lío!…a prorratear costes/minuto de lo que cuesta hacerlo en esa oficina ubicada en casa, para poderlo deducir.
Y así suma y sigue con el resto de suministros.
Ah y ¡acuérdate!, todo esto bien documentado.
Trabajar en casa es ahora una práctica que realizan muchos profesionales que trabajan por cuenta propia, como puede ser tu caso. Tienes la opción de deducir parte de los gastos de tu hogar en relación con tu actividad profesional, igual que si tuvieras un despacho, lo único que al tratarse de un doble uso, hay que marcar las diferencias.
Como ves, todo tiene su sistema y en este caso, es tomar nota de las pautas y ponerlas en marcha.
Antes de acabar, me gustaría decir que lo que parece complicado es mucho más simple una vez que lo pones en marcha. No pierdas ninguno de los derechos que tienes y benefíciate de ellos.
Buenos días Lluisa,
Muy Interesante tu post.
Lo has explicado muy claro y por lo tanto es posible hacerlo para deducir fiscalmente estos gastos siguiendo el procedimiento que propones. Muchas gracias por tu luz.
Una pregunta interesante que pueda ser de utilidad para los autónomos y tu como experta seguro que lo tienes muy claro. ¿Cómo y que parte de la inversión de su vehículo pueden deducirse fiscalmente en IVA i IS?
¿Quizás puedas explicarlo en otro artículo?
Seguro que nos no aclaras.
Muchas gracias por adelantado.
Un fuerte abrazo desde Banyoles
Gracias Miquel por tu comentario, tomo nota para un próximo post. Abraçada Gran
Buenas tardes Luisa, gracias por el post, yo soy autónomo y tomo buena nota, de la deducción fiscal de ciertos gastos y su proporción..
Gracias por hacer el tema de la fiscalidad algo sencillo, entretenido incluso para mentes prosaicas. .
Quisiera saber, cómo contacto contigo, para hacerme cliente de tu despacho y contar con tu asesoramiento, y guía. .
Gracias Lluisa
Hola Berto, me puedes enviar un correo a lluisa@ochoa-trepat.com
Espero tus noticias, un abrazo